Seguro de Vida Colectivo - Concepto 932



Se Rige por la Póliza contratada por la Fuerza Ejército con Origenes Seguros S.A.

Este seguro es optativo y puede ser tomado por todo el personal que se encuentre al servicio de la Institución, entendiéndose como tal la concurrencia normal a su empleo.

Tiene la característica de ser extensivo a los cónyuges (unidos de hecho o de derecho) con los mismos beneficios y costos que goza el titular del seguro, a partir del primer día del mes siguiente al descuento de primas.


El Capital asegurado es de acuerdo a la jerarquía y edad del asegurado y se encuentra establecido a partir del 01 MAY 17 en el siguiente cuadro:


JERARQUIAS

Hasta 55 AÑOS DE EDAD

DE 56 A 64 AÑOS
DE 65-69 AÑOS
DE 70-79 AÑOS
80 AÑOS
CAPITAL ASEGURADO $ CAPITAL ASEGURADO $ CAPITAL ASEGURADO $ CAPITAL ASEGURADO $ CAPITAL ASEGURADO $

(CAPITAL MÁXIMO)

$ 400.000,00

$ 250.000,00

$ 93.960,00

$ 62.480,00

$ 31.240,00

100%

62,50%

23,49%

15,62%

7,81%

PERSONAL DE OFICIALES

TG y GD

$ 240.000,00

$ 150.000,00

$ 56.376,00

$ 37.488,00

$ 18.744,00

GB, CY y CR

$ 210.000,00

$ 131.250,00

$ 49.329,00

$ 32.802,00

$ 16.401,00

TC y MY

$ 180.000,00

$ 112.500,00

$ 42.282,00

$ 28.116,00

$ 14.058,00

CT y TP

$ 150.000,00

$ 93.750,00

$ 35.235,00

$ 23.430,00

$ 11.715,00

TT - ST - CADETE CMN ULTIMO AÑO

$ 120.000,00

$ 75.000,00

$ 28.188,00

$ 18.744,00

$ 9.372,00

PERSONAL DE SUBOFICIALES

SM y SP

$ 150.000,00

$ 93.750,00

$ 35.235,00

$ 23.430,00

$ 11.715,00

SA y SI

$ 120.000,00

$ 75.000,00

$ 28.188,00

$ 18.744,00

$ 9.372,00

SG y CI

$ 90.000,00

$ 56.250,00

$ 21.141,00

$ 14.058,00

$ 7.029,00

CB - VP - VS - ASPIR ESSC ULT AÑO

$ 60.000,00

$ 37.500,00

$ 14.094,00

$ 9.372,00

$ 4.686,00

CADETE CMN - ASPIR ESSC - SOLD VOL

$ 32.000,00

$ 20.000,00

$ 7.516,80

$ 4.998,40

$ 2.499,20

PERSONAL CIVIL

III

$ 180.000,00

$ 112.500,00

$ 42.282,00

$ 28.116,00

$ 14,058,00

IV

$ 150.000,00

$ 93.750,00

$ 35.235,00

$ 23.430,00

$ 11.715,00

V

$ 120.000,00

$ 75.000,00

$ 28.188,00

$ 18.744,00

$ 9.372,00

VI

$ 90.000,00

$ 56.250,00

$ 21.141,00

$ 14.058,00

$ 7.029,00

VII

$ 60.000,00

$ 37.500,00

$ 14.094,00

$ 9.372,00

$ 4.686,00

CLERO CASTRENSE

CAPELLAN MAYOR

Grado Codificado: 9201

$ 210.000,00

$ 131.250,00

$ 49.329,00

$ 32.802,00

$ 16.401,00

CAPELLAN CASTRENSE

Grado Codificado: 9202 y 9204

$ 180.000,00

$ 112.500,00

$ 42.282,00

$ 28.116,00

$ 14.058,00

Grado Codificado: 9206

$ 150.000,00

$ 93.750,00

$ 35.235,00

$ 23.430,00

$ 11.715,00

CAPELLAN AUXILIAR

Grado Codificado: 9203, 9205 y 9207

$ 120.000,00

$ 75.000,00

$ 28.188,00

$ 18.744,00

$ 9.372,00

PERSONAL DOCENTE CIVIL

a) Grado Codificado: 7101, 7102, 7201, 7301, 7302, 7303, 7324, 7401, 7402, 7403, 7424, 7501, 7502.

$ 180.000,00

$ 112.500,00

$ 42.282,00

$ 28.116,00

$ 14.058,00

b) Grado Codificado: 7202, 7211, 7212, 7213, 7214, 7304, 7311, 7404, 7411, 7511, 7512.

$ 120.000,00

$ 75.000,00

$ 28.188,00

$ 18.744,00

$ 9.372,00

c) Grado Codificado: 7221, 7222, 7241, 7242,7251, 7321, 7325, 7326, 7327, 7331, 7332, 7343, 7344, 7345, 7351, 7423, 7425, 7426, 7427, 7431, 7432, 7443, 7444, 7445, 7451, 7513, 7514, 7515.

$ 60.000,00

$ 37.500,00

$ 14.094,00

$ 9.372,00

$ 4.686,00


Cada asegurado podrá, en forma voluntaria, optar por incrementar el capital que posee a la suma de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000,00). Dicha suma se ajustará según la franja etaria de cada asegurado.En el caso de solicitar la ampliación, el descuento por la diferencia de capital se reflejará en el Concepto 932 A.

Descargar Poliza 100.283.


  PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN CASO DE SINIESTRO (FALLECIMIENTO, INCAPACIDAD POR ACCIDENTE, ETC):


– En caso de fallecimiento, solicitar por MM o Fax a la CONTADURÍA GENERAL DEL EJÉRCITO – Departamento Gastos en Personal – División Seguros se comuniquen los beneficiarios designados por el asegurado.


Completar el formulario de DENUNCIA DE SINIESTRO de Origenes S.A. ( Siniestros a partir del 01MAY17 ) y presentarlo en la CONTADURIA GENERAL DEL EJERCITO - Dpto Gs en Pers - Div Seg (Piedras 141, CP 1070 CAP FED)


– En caso de ser una incapacidad ademas completar el siguiente documento


– En caso de ser una renta diara por internación y enfermedad grave ademas completar el siguiente documento


Completar el formulario de DENUNCIA DE SINIESTRO de Nacion Seguros de Vida S.A. ( Siniestros hasta 30ABR17 ) y presentarlo en la CONTADURIA GENERAL DEL EJERCITO - Dpto Gs en Pers - Div Seg (Piedras 141, CP 1070 CAP FED)


  DOCUMENTACIÓN A ACOMPAÑAR CON LA DENUNCIA DE SINIESTRO:

Se deberá adjuntar un (1) ejemplar, de la siguiente documentación:


1. Copia certificada por el Registro Civil, Escribano Público o Autoridad Judicial del acta de defunción donde conste la causa de fallecimiento; de no estar expresada en la misma, deberá informarlo el médico interviniente en el espacio destinado al efecto en el formulario denuncia de siniestro.


2. Fotocopia autenticada por autoridad del elemento, del recibo de haberes del mes anterior a la fecha del fallecimiento.


3. Copia certificada por el Registro Civil, Escribano Público o Autoridad Judicial, del Acta de nacimiento de cada uno de los hijos menores de 18 años y no emancipados, en el caso de ser beneficiarios, debiendo firmar los formularios por los mismos, quienes ejerzan la Patria Potestad o Tutoría.


4. Copia certificada por el Registro Civil, Escribano Público o Autoridad Judicial, del Acta de matrimonio actualizada, es decir emitida en fecha reciente por el citado Registro, en el caso de tramitarse el siniestro del cónyuge asegurado.


5. En caso de no haber designación de beneficiarios, copia certificada por el juzgado interviniente de la Declaración Judicial de Herederos.


6. Copia certificada por la autoridad interviniente, de las actuaciones militares, policiales o judiciales, en los casos que la muerte sea a consecuencia de accidente, suicidio u homicidio.


7. Fotocopia autenticada de los Documentos de Identidad de los beneficiarios.


8. Constancia de CBU de la cuenta bancaria de cada beneficiario donde se indique nombre de la entidad bancaria y del titular de la cuenta.


También deberá adjuntarse esta documentación en los casos de siniestro por incapacidad por accidente.

9. Para los casos de incapacidad total y permanente y para el anticipo de capital por enfermedad crítica deberá presentarse, además, copia autenticada de la Historia Clínica del asegurado.


BENEFICIARIOS DEL SEGURO:

Son beneficiarios de este seguro los instituidos por el asegurado titular y por el asegurado cónyuge.
Cuando no exista designación de beneficiarios, se considerará como tales a los herederos legales, debiendo presentarse para la tramitación de los siniestros por muerte fotocopia autenticada por el Juzgado interviniente de la Declaratoria Judicial de Herederos.

BENEFICIOS DE ESTE SEGURO

1. Cubre el riesgo de muerte por cualquier causa, incluyendo el homicidio en tanto el asegurado no forme parte de la empresa criminal.

2. Doble indemnización en caso de muerte por accidente, incluyendo el homicidio no derivado de duelo o riña con participación activa del asegurado.

HASTA LOS 65 AÑOS CUBRE:

1. Incapacidad total y permanente por accidente.

2. Pérdidas anatómicas y/o funcionales causadas por accidente.

3. Triple indemnización por fallecimiento a consecuencia de accidente en transporte público, en calidad de pasajero.

4. Pensión por fallecimiento como consecuencia de accidente, de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS ($2.862,00) que se liquida junto con el capital asegurado por el riesgo de muerte al presentarse el siniestro.

5. Anticipo del 50% del capital asegurado en caso de enfermedades críticas.


  PERSONAL CIVIL QUE SE JUBILA Y NO VA A PERCIBIR COMPLEMENTO JUBILATORIO BIMESTRAL DE LA MUTUALIDAD DEL FONDO COMPENSADOR:

SE DEJA CONSTANCIA QUE SI DESEA CONTINUAR ASEGURADO, DEBERA DIRIGIRSE DIRECTAMENTE A ORIGENES SEGUROS DE VIDA S.A (Av Corrientes 1166, PB CP C1043AAY) PRESENTANDO LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:


- Nota solicitando a la aseguradora el cobro directo de primas del Seguro de Vida Colectivo (Póliza 100283), de conformidad con lo establecido en el Artículo 9 del Convenio de pólizas suscripto por la Fuerza Ejército con la aseguradora.

- Nota de la Unidad de revista donde se indique que el/la causante cesa por jubilación.

- Nota de la Mutualidad del Fondo Compensador que indique que el/la causante no es socio/a de dicha mutual, o que, siendo socio/a, no percibirá complemento jubilatorio bimestral.

- Fotocopia autenticada del último recibo de haberes en actividad donde consten los descuentos de primas (Cpto 932).


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